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Fallos: 200:75 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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na sustentada por esta Corte in re: C. S. 184-378; 19517; 197-561 etc., se confirma con costas la sentencia apelada de fojas 159.

Hágase saber y devuélvase al tribmal de procedencia, donde se repondrá el papel.

Antonio SacarNa — B. A. Nazan ANnCHORENA — F, Ramos Musía — T. D. Casares,
ERICH C. HOFFMANN BREUSTEDT
v. JUAN G. STAPELVOORT JURISDICCION Y COMPETENCIA: Sucesión. Fuero de atracción.

Acciones personales de los acreedores.

No compete a la justicia federal sino a la ordinaria del último domicilio del causante el conocimiento de la demanda promovida sin haberse iniciado el respectivo juicio sucesorio, por un argentino contra la cónyuge supérstite y sus hijos menores, como sueesores de aquél y xtranjeros, por cobro de servicios médicos prestados al difunto.


DICTAMEN DEL PROCURADOR CIENERAL
Suprema Corte:

Viene a V. E. para ser dirimida esta contienda de jurisdicción que se traba entre la justicia ordinaria y la justicia federal de La Plata, por negarse ambos a conocer en una demanda iniciada por D. Erich G. Hoffmann Breustedt contra D. Guillermo Stapelvoort, por cobro de honorarios médicos, y proseguida actual

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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:75 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-200/pagina-75

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