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Fallos: 20:346 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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Falle de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Setiembre 24 de 1878, Vistos y considerando: Primero. Que los Sres. Lassalle é hijo recibieron á consignacion por el buque « Heimete», entrado ú este puerto en veinte y uno de Julio de mil ochocientos setenta y dos, un cargamento de bordalesas de vino, en el cual venian sciscientas de las marcas á que se refieren los informes de foja catorce vuelta y quince. :

Segundo. Que pidieron el primero del mismo mes el depósito de doscientas de ellas, de las cuales sin embargo recibieron ciento cincuenta directamente de á dordo, segun su propia confesion, hecha en veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos setenta y cinco, cuando ya se notó y supieron la falta del permiso para su despacho á plaza, sin que hasta entónces hubiesen pagado los derechos correspondientes, aunque antes del fin del mismo mes de Julio habian ya recibido cuatrocientas cincuenta bordalesas, inclusas diez y siete sin la respectiva papeleta, trasbordado ciento cincuenta, que hacen las seiscientas manifestadas, Tercero. Que dichos señores no han probado, que hubiesen solicitado y obtenido de la Aduana el correspondiente permiso para el despacho directo 6 á plaza de dichas ciento cincuenta bordalesas, permiso que debian presentar por cuadruplicado, cuyo original y copia de factura, despues de numerados y de cotejados con el manifiesto general, en el que deben hacerse las anotaciones respectivas, y decretado el original segun prescriben las ordenanzas de aduana, se entregan al interesado para que ocurra al vista y á la alcaidia, archivándose una de las copias en la carpeta del buque y remitiéndose otra á la Oficina de liquidaciones, Cuarto. Que fuera de las papeletas de foja veinte y siete á treinta y seis, no hay la mas pequeña prueba en los libros

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:346 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-346

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