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Fallos: 20:325 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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CAUSA LXXXIX
D. Eduardo Cinollo contra D. José Badaracco € hijos sobre pago de costas Sumario. — No debe imponerse la condenacion en costas al que ha tenido justa causa para litigar. . .

Caso. — D. José Badaracco é hijos demandaron 4 D. Eduardo Cinollo como dueño de unos buques.

Resultando que D. Eduardo Cinollo no era sinó condómino de ellos, los actores modificaron la demanda interponiéndola contra aquel y sus condóminos.

Cinollo pidió se declararan á cargo de Badaracco las costas causadas por la primera demanda.

Badaracco se opuso á esta pretension alegando que la interpusieron contra el Sr. Cinollo por informes recibidos de él y sus hermanos. .

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Julio 8 de 1878.

Vistos y considerando: Que al que desiste de una accion 6 derecho corresponde pagar las costas causadas, porque reco

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:325 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-325

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