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Fallos: 20:258 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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CAUSA LXXIII.
Contienda de competencia entre el Juez del Crimen de la ciudad de Buenos Aires y el de Seccion de la Provincia, para conocer en un caso de extradicion.

Sumario. —1° Los Jueces de Seccion son competentes para conocer en los casos de extradicion de presuntos criminales, requerida por Jueces estrangeros.

2" Su Jurisdiccion en tal caso es privativa y escluyente de los Jueces de Provincia.

Caso.— Con fecha 13 de Julio de 4878 el Sr. Juez del Crimen Dr. Insiarte, recibió un exhorto del Dr. D. Dionisio Ramos, Juez letrado del Crímen de la 2° Seccion de la República Oriental del Uruguay, fecha 10 del mismo mes de Julio, por el cual pedia la prision y detencion hasta ser estraido y conducido á Montevideo por quien se designase, al efecto, del ex-Gef" Político y Comandante Militar del Departamento de la Colonia D. Desiderio de las Cuevas, á quien se habia iniciado causa criminal por malversacion de fondos -.úblicos en la época de su administracion, por auto de 4 de dicho mes.

El Juez exhortante manifestó que el delito imputado á D.

Desiderio de las Cuevas era uno de los comprendidos en el

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-258

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