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Fallos: 20:263 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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Caso. — Los señores Vicente Casares é hijos, acompañando unos documentos en idioma inglés para acreditar que eran laneheros de la casa Green y €", pidieron el embargo de unas mercaderías descargadas del consignadas á los señores Green, en garantía de su crédito de lanchajes, con arreglo al artículo 185 del Código de Comercio, siendo firmado su escrito por Green y €° en prueba de su exposicion.

Se ordenó el embargo, y Don Ernesto Inguerson, dueño de las mercaderías, pidió al Juez se intimara ú los señores Green presentaran la cuenta de lanchajes, que uo le habian pasado aún, y protestó por los daños, El juez intimó á los señores Casares presentaran la cuenta con auto de foja 7 vuelta.

Los señores Green y los señores Casares, manifestaron estar conformes en la entrega de las mercaderías prévio depósito.

Inguerson hizo un depósito, pidió s° tradujeran al idioma patrio los documentos acompañados por los señores Casares, y solicitó que el señor Green reconociera un aviso puesto por él en la Bolsa, sobre reduccion del precio de lanchajes.

A esta última solicitud no se hizo lugar, por no haberse deducido accion alguna, En seguida los señores Casares presentaron la cuenta de lanchajes, y demandaron por su importe á Inguerson, Este les opuso falta de personería, diciendo que nada tenía que ver con ellos sinó con los señores Green.

El juez mandó que estos manifestasen conformidad con la cuenta de los señores Casares, :

Ingerson pidió revocatoria y apeló in subsidium, Al mismo tiempo, habiendo pedido el traductor el pago de sus honorarios, el juez ordenó que Inguerson manifestara conformidad, Este manifestó que correspondía el pago de los honorarios á los señores Casares que habian presentado los documentos, á la

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:263 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-263

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