En 19 de Setiembre de 1872, á los cuatro años de construida la vía férrea, dichos Fewell, compraron á D. Santiago Echegoyen, un terreno adyacente 4 ella hácia el Norte, ubicado entre los terraplenes y la márgen del Rio Paraná, por el cual tienen salida al rio los desagúes de la alcantarilla número dos, construida por la Empresa algunos meses despues de trabajados $ los terraplenes, dándole mayor estension que la que tenia, por haber sido insuficiente para recibir todas las aguas que por ella debian salir, sin que conste en ninguna parte, que tal construccion se hubiese hecho con espreso beneplácito del dueño del terreno, ni que se le hubiese indemnizado posteriormente el perjuicio que ess desagúe y condenacion de corrientes por ese punto pudiese causarle ; ni que hubiese renunciado úá demandar los daños que por tal cansa se le orijinasen. Tamporo se determinó cosa alguna al respecto, al trasmitirse por la venta dél fundo, el derecho de propiedad á los Fewell.
Consta tambien, que aun cuando en el punto en que está la alcantarilla, hubiese una depresion natural del terreno que determinase un espontáneo desagúe, como dicen los peritos en su informe de f. 434, aunque en contradiccion con numerosos testigos de la parte de Fewell, vecinos antigúos de esa localidad, es indudable que ese desagúe estaba obstruido y dividido por las zanjas de una quinta que existia allí, como se vé por los planos, al construirse los terraplenes; de manera que al levantarse estos, que cortaron la quinta, no existia yá, como se ha dicho, ningun desagúe precisamente por el punto que ocupa esa aleantarilla; lo que vino á determinar y traer á sí los desagúes de los terrenos al Sud de la línea, que antes se dirijian directamente al rio; lo que vino á aumentar considerablemente el caudal, que sin los terraplenes debia desembocar en la alcantarilla número dos, aun cuando ese no hubiese es- " tado interceptado por las mencionadas zanjas.
Consta tambien que con motivo de un fuerte aguacero acae
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:222
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