Satisfechas las costas de la instancia, y repuestos los sellos, devuélvanse.
1. B. GOROSTIAGA. —J. DOMINGUEZ. — O. LEGUIZAMON. —
ULADISLAO FINAS.
——S>——— «
CAUSA LVI.
El Banco Nacional, contra Jaime Llavallol é hijos, sobre pago de costas Sumario, — El deudor que arregla su deuda con el acreedor antes de ejecutarse el mandamiento de embargo, no es responsable de las costas judiciales, si en el arreglo no se ha hecho salvedad á su respecto, aunque la deuda proceda de letras de cambio.
Caso. — El Banco Nacional inició dos ejecuciones contra Jaime Llavallol é hijos, por letras vencidas.
Al ejecutarse el embargo, Llavallol dijo al oficial de justicia que no pagaba, porque habia arreglado su deuda con el Banco.
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:177
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