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Fallos: 20:128 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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cion y daños vor cesacion del trabajo profesional que justificaré en juicio separado, con mas las costas del juicio.

Hágase saber original y repóngase el sello.

Isidoro Albarracín. :

Falle de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Mayo 9 de 1878, Vistos; por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja setenta; satisfechas los de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.

3. B. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ.—
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
— o

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:128 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-128

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