"la voluntad del testador, que al preferirles á otros para " ejercer un cargo tan delicado como es ese, se presume "° debió estar muy penetrado de la idoneidad que les carac" teriza al conferirles la administracion de sus intereses.
" En esta virtud, Y. S. se ha de servir proveer de confor" midad con lo espuesto por este ministerio, que es jus" ticia—Daniel V. Correas .—Mendoza, Febrero 19 de 1862 "° —Dése cumplimiento al decreto de 30 de Noviembre del "° año 61,de conformidad con la vista del Defensor de me" nores—Maldonado—Ante mí, Francisco Mayorga, Es" cribano público de Gobierno y Hacienda.—En el mismo " dia notifiqué al Defensor de menores, doy fé—Mayorga " —Daniel VidelaCorreas-En el propio dia lo notifiqué á D.
" Nicomedes Garcia, doy fé—Mayorga—Nicomedes Garcia —En el mismo dia lo notifiqué á D. Francisco Celle, doy " f6—Mayorga—Francisco Luis Calle. —kEn el propio dia " lo notifiqué á D. Juan G. Calle, doy fé: Mayorga, Juan " G, Calle.—En el mismo dia lo notifiqué á D. Pedro Cár"los Raymond-—-Con fecha 5 de Marzo del corriente año "° me presentó D. Pedro Cárlos Raymond un poder en tes"° timonio otorgado por el Albacea del finado D, Francisco " Videla, para queen vista de él, proceda á estender la es" critura ordenada en el decreto que precede y para constan " cialo anoto-Mayorga-En la ciudad de San Felipe deAcon° cagua, en 16 de Abril de 1862, ante mí el escribano y testi"! gos parecieron laseñora D° Nazaria Correas, porsí, viuda, albacea, tutora y curadora de sus menores hijos, cuyos nombramientos seinsertan, y el Licenciado D. Tadeo Re" yes como esposo lejítimo de D° Elisa Videla ambos de es° ta vecindad á quienes doy fé que conozco,y otorgan: que " confieren poderjeneral á D. Pedro C. Raymond paraqueá "° sus nombres los represente en todos los asuntos, causas " y negocios que en la actualidad tengan pendientes, y en "° lo sucesivo se les ocurra, de cualquier clase que fueran:
"°° en cada uno de ellos exhibir los documentos necesarios, " preséntese ante los juzgadosy Tribunales correspondien" tes demandandoá las personas deudoras, oiga losdecre" tos,autos y sentencias quese pronunciaren,delas en favor
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:236
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