DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 617 a JOSE M. MURCIA V. NACION ARGENTINA . y a
ACCIDENTES DEL TRABAJO: Relación entre el siniestro y el E
trabajo. > La ley 9688 no responsabiliza al patrón por el accidente ; de tránsito sufrido por el obrero a la entrada o al regreso ," de sus tareas que no se ha debido a peligro o dificultades o al acceso o a la salida del lugar donde trabada (1). |
CARLOS M. SILVEYRA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstituciona'idad de uormas y actos nacionales.
Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, partiendo de la base de que la paralización de una causa criminal ante los tribunales ordinarios por aplicación de lo dispuesto en el art. 38 del Cód. de Proc. respectivo, no suspende el término de la prescripción de la acción penal, declara prescripta la intentada por el recurrente, aunque el tribunal de la causa haya omitido pronunciarse sobre la cuestión federal consistente en que el art. 67 del Cód. Penal interpretado con aquel alcance es violatorio del art, 18 de la Constitución Nacional, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes. :
La interpretación dada al art, 67 del Cód, Penal por el tri- :
bunal superior de la causa es irrevisible por medio del recurso extraordinario, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales. Comunes.
El art. 67 del Cód. Penal. interpretado en el sentido de que impide la suspensión de la prescripción de la acción y en las causas en que un obstáculo legal la paralice, es vio- | Jatorio del art, 18 de la Constitución Nacional. | 1) 13 de setiembre do 1944. Fallos: 187, 383; 197, 369. Lo 4
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:618
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