E —= FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Ss DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL E Suprema Corte:
E La jurisdicción originaria de V. E. para conocer ES en este asunto, emerge de tratarse de causa civil en la ÉS que es parte demandada la Provincia de San Juan.
e En cuanto al fondo del litigio, versando como verE sa sobre cuestiones de derecho común, o de hecho y hs prueba, escapa a mi dictamen. Buenos Aires, febrero n 11 de 1943. — Juan Alvarez. i 4 FALLO DE LA CORTE SUPREMA E : Buenos Aires, 29 de marzo de 1944.
7 Y vistos: El juicio de jurisdicción originaria seE guido por la Administración General de los Ferroca" rriles del Estado contra la Provincia de San Juan, so| bre cobro de pesos.
EL Resultando:
A Que a fs. 11 se presenta Alejandro J. Segura, por e, la Administración citada, demandando a la Provincia £ de San Juan por cobro de $ 410,10., sus intereses y La las costas del juicio. Dice: que la suma reclamada la 4 constituye la de $ 370,10. por los trabajos de resa tauración del desvío en Kilómetro 910/673,30 a 2 que se E efectuaron por orden y cuenta del Gobierno de San :
En Juan, y el saldo, cuarenta pesos, es el importe que adeun da la Provincia por sellado de habilitación del contraf to firmado el 13 de diciembre de 1933 entre su mandante E y la Administración General de la Bodega de Estado FO de San Juan; que las obras de rehabilitación del desÉ vío fueron solicitadas por nota del 2 de noviembre de
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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:130
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