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Fallos: 197:353 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 333 Considerando:

Que el delito de falsificación de billetes, de acuerdo con las constancias de autos, habría sido cometido el año 1926 en la ciudad de Buenos Aires por Otto Máximo Ewert, dando motivo al correspondiente proceso que le fuera incoado ante los tribunales de esa ciudad. En cambio, el delito de circulación de billetes falsos aparece realizado en la ciudad de Tucumán el año 1939, es decir, trece años después de hecha la falsificación, y por personas distintas.

Que entre los procesados por este último delito aparece Ágata Galiffi de Lucchini, hija de Juan Ga- —liffi. Éste habría sido quien el año 1926 encargara a Ewert la falsificación de los billetes que trece años después se hicieron circular en Tucumán, | Que el parentesco de padre a hija sería la única conexión existente entre el delito de falsificación de billetes y el de circulación de los mismos. Ese hecho es insuficiente por sí solo para determinar aquélla, desde que Agata Galiffi de Lucchini entró en posesión de los billetes falsificados por haberlos encontrado en una bodega en Mendoza mucho después de producidos y su circulación fué resuelta por procesados extraños a la falsificación y aun podría asegurarse, sin mucho riesgo, ignorándolo Ewert y Galiffi.

Que aun en el caso de que así no fuera y alguna duda quedara scerea de la competencia, el art. 36 del Código de Procedimientos resuelve el punto ordenando que entienda en la causa el tribunal que haya prevenido en ella, esto es, la Cámara Federal de Tucumán.

Por ello y los fundamentos del precedente dictamen del señor Procurador General se declara que es competente para conocer en la presente causa la Cá

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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:353 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-197/pagina-353

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