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Fallos: 196:95 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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bre el Arroyo Morales, partido de Matanza, cuyos linderos están indicados en el expediente letra O., núm, 115, año 1938, del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia, agregado a los autos seguidos con doña Andrea Leguineche, también por expropiación, los cualos solicita se tengan presente. Que esta demanda la | hace en cumplimiento del decreto del P. E. del 16 de septiembre de 1938, que manda ejecutar la obra de que se trata como parte del plan de obras públicas sancionado para los años 1937, 1938 y 1939 y para cuyo ensanche se necesita de los terrenos indicados, todo de acuerdo con las leyes 1429 y 4539. Que por resolución del Gobierno Provincial del 16 de septiembre de 1938, como diligencia previa para tomar la posesión de la propiedad a expropiarse, se depositó en el Banco de la Provincia $ 4.459.78 m/n., según consta del expediente letra O., núm. 115 citado por concepto de precio e indemnización, diligencia que no tuvo efecto por haberse opuesto la parte iniciando un interdicto de retener la posesión. Que funda la acción en razones de necesidad y utilidad pública, expuestas conforme a la Jey de expropiación de la Provincia y decretos que la rigen. Pide que de acuerdo al art. 4" de la ley 189, se autorice la ocupación del terreno, previo traspaso al Banco de la Nación del depósito que se hizo en el Banco Provincial, librándose al efecto los oficios que correspondan. Además que se exhorte al señor Juez Federal de La Plata para que, por intermedio del Juez de Paz de Matanza, se ponga en posesión del terreno al señor Fiscal de Estado. S Que en el juicio de interdicto posesorio seguido entre las mismas partes están acreditados los extremos " «necesarios para fundar la jurisdicción originaria de esta Corte.

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:95 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-196/pagina-95

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