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Fallos: 196:500 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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— LR E : h TNA 1 e: E y 7 E . FALLOS DE LA CORTE SUPREMA .

e haciéndose saber en la forma de estilo al señor Juez a en lo Criminal y Correccional del Departamento Judi"cial del Sud, Dolores, Provincia de Buenos Aires.

F Roserrto Repetto — ANTONIO Say GARNA — B. A. NAZAR ANCHO RENA — TF. Ramos Mesía.


JUAN A. VALENZUELA

CONCURSO DE DELITOS.
Tratándose de dos acciones distintas cometidas por el misf mo sujeto en distintas oportunidades y respondiendo a distintas determinaciones —violación de una menor, primero, y rapto de la misma más tarde— existe el concurso E material de delitos previsto en el art. 55 del Código Penal, cuyo autor debió ser reprimido con el máximo de la pena por ser un delincuente habitual al que le corresponde la accesoria del art. 52 del Código Penal; si bien la falta de falta de recurso acusatorio impide agravar la pena (1).


E ANDRES HILARIO
PRESCRIPCION: Interrupción.

p El delito de homicidio cometido con posterioridad a otro de abuso de armas interrumpe la prescripción de la acción penal referente a este último, que vuelve a correr nuevamente desde la fecha de aquél y con independencia del 4 mismo y debe ser declarado de oficio si durante el trámite :

de la causa se operase por el transcurso del plazo legal,

HOMICIDIO.
Corresponde graduar en doce años la pena de prisión que debe imponerso al autor de un homicidio simple que, si (1) 3 de setiembre de 1943. Fallos: 183, 136; 185, 338,

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:500 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-196/pagina-500

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