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Fallos: 196:496 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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qe al VALLOS DE LA CORTE SUPREMA del precedente dictamen del señor Procurador General se desestima la queja interpuesta por don Miguel Holzmann y otra. Hágase saber; devuélvanse los autos prinO eipales elevados como mejor informe al tribunal de su procedencia. Repóngase el papel y archívese.

Ro Ronerto Repetto — ANTONIO Sae GARNA — B. A. Nazar An¡a : CHORENA — F. Ramos Mesía.


E JUAN JOSE CACASE Y OTROS
E JURISDICCION: Fuero ordinario. Penal, se: La competencia de los tribunales de la Capital Federal E para conocer en la causa sobre violación de la ley 11.210 A consistente en elevar artificiosamente el precio de la papa en dicha ciudad, se extiende a las actividades ilícitas reaE : lizadas en las provincias con aquel fin.


E DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
E Suprema Corte: :

E En 6 de diciembre de 1941, el Sr. Agente Fiscal , ES Dr. Darío Saráchaga denunció ante el Juzgado de Insy —— trucción en lo Criminal de esta Capital ciertas infracRe ciones a la ley 11.210, sobre represión de trusts, pidiene do la apertura del sumario correspondiente.

Er Ese sumario que lleva el núm. 13.121, y he tenido E a la vista, se refiere a actividades puestas en práctica Er para elevar artificialmente el precio de las papas en + la ciudad de Buenos Aires, mediante el acaparamiento ; de dicho producto, y otras maniobras ilícitas (fs. 1, 164

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:496 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-196/pagina-496

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