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Fallos: 194:125 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 125 | autos elevados como mejor informe al tribunal de su -—procedencia; repóngase el papel y archívese. : h Axtoxio Sacarsa — B. A. Na:

zan Axcuoresa — F. Ramos Mesía.


JOSE ANGEL SABATTO y. NACION ARGENTINA
ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La cosa juzgada administrativa no existe solamente en favor de los administrados sino también del Estado y contra aquéllos euando han consentido y ejecutado Jas resoluciones respeetivas.

ACTOS ADMINISTRATIVOS.
El suboficial retirado con arreglo a los arts, 16 y 17, tít.

HI, de la ley 4707, que consintió y ejeentó, rescindiendo el respectivo contrato de enganche, un deereto del P. E.

por «qu se dejaba sin efecto su situación de retiro y se le pa: al servicio activo, carece de derecho para impugnar más tarde aquel deereto.

EJERCITO NACIONAL.
El suboficial dado de bajá por ineapacidad proveniente > de una enfermedad no producida en servicio activo ni por aetos del mismo, no tiene derecho a pensión de retiro.

SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL —.

Buenos Aires, 19 de septiembre de 1941. , Y Vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido por José Angel Sabitto contra la Nación sobre restitución de grado y enbro de pesos y resultando:

Que el actor manifiesta que por deereto del 31 de marzo de 1922, fué retirado del servicio activo del ejército con el

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:125 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-125

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