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Fallos: 193:559 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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Jueces naturales.

30. La declaración de incompetencia para seguir entendiendo en un proceso efectuada por los tribunales federales en razón de haberse dictado durante el trámite de la misma la ley 12.545, euyos arts. 36 y 35 establecen la jurisdicción de la Aduana para esos casos, con apelación para ante aquéllos, no importa substraer la entisa a sus jueces naturales. Página 192,

DESLINDE.
La oposición deducida en el juicio de deslinde le atribuye carácter contencioso, y siendo partes en el mismo una provincia y un vecino de la Capital Federal su conocimiento corresponde a la Corte Suprema ante la cual, no mediando oposición de parties, deben proseguir las actuaciones, Página 139,
DESPACITANTE DE ADUANA,
El despachante que actuó direetamente ante la Aduana como tal firmando los manifiestos y boletos respectivos, tiene acción para reclamar en juicio y en su propio nombre, la devolución de los derechos que indebidamente pagó de más por las mercaderías que introdujo para otro. Página 44.

DOMICILIO.
El art. 15 de la ley 5315 no ha establecido un domicilio con carácter general y obligatorio para todas las relaciones jurídicas de los ferrocarriles, sino tan sólo con carácter limitado a sus relaciones con el poder concedente, Página 188.

E

EJERCITO NACIONAL.
1. La pensión de retiro correspondiente a un suboficial del ejército no eomprende el importe del "premio a la constancia", de que gozaba en actividad. Página 127, 2. El decreto del P, E. que, por apreciación de las cireunstancias acreditadas en las actuaciones administrativas considera reunidos los requisitos exigidos por la ley 11.412 y concede el beneficio establecido por ella, no se halla viciado de nulidad absoluta porque posteriormente aquél entienda

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:559 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-193/pagina-559

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