de las etapas de que es objeto la negociación de cada mercadería, al tiempo que el art. 5 ine, a), señala como responsables directos del impuesto, entre otros, a los productores o industriales nacionales por el impuesto correspondiente a la venta de mercaderías de su producción o manufactura; excluyendo finalmente del gravamen en la técnica de la liquidación se señala en el art. 7", a las simples operaciones de reventa, ine. d) siendo gravables en manos de la recurrente las operaciones de su industria, que consisten en la elaboración de tejidos, el impuesto habrá de determinarse en la forma que organiza el art.
7? de la ley cuyo ine. e) sólo admite la deducción del importe de las compras en el mereado interno de mercaderías gravadas con el impuesto, para ser elaboradas, transformadas o agregadas o utilizadas para producir o industrializar ..uevas mercaderías para la venta, y ello conduce evidentemente a no admitir la deducción de la materia prima adquirida por el responsable, que no resultó mercadería gravada por la ley.
Finalmente, y en el caso que prosperase la demanda, lo que sólo por vía de hipótesis admite, los intereses nunea podrían correr desde la fecha de los pagos sino desde la notibieación de la demanda.
Por todo lo expuesto y dando por negados todos los hechos no reconocidos expresamente, pide el rechazo de la acción, con costas.
Y Considerando:
1 Que de los términos en que ha quedado trabada la "Vitis" y de los que informan la resolución administrativa denegatoria de la Gerencia del Impuesto, la cuestión a resolver consiste en determinar si el pago del impuesto de la ley número 12.143, está 0 no a cargo del productor del algodón por todas las ventas que efectúe a tereeros, La cuestión planteada implica la interpretación del art. 9?, inc. a) "in fine", de la ley citada, en cuanto dispone que los productos de la agricultura están exentos del impuesto a las ventas, en tanto no hayan sufrido elaboración o tratamientos no indispensables para su conservación en estado natural, o acondicionamiento, Para lograr dicha interpretación legal, corresponde la previa dilucidación del aspeeto técnico de la operación denominada ""desmote", ya que de ella ha de resultar la necesidad de esta operación con respecto a la conservación o acondicionamiento del algodón.
2? Que del informe pericial obrante a fs. 117, resulta lo siguiente : "el desmote del algodón comprende una serie de operaciones a las cuales se lo somete desde su cosecha hasta el enfardado final".
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:151
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