BANCO ITALO-ARGENTINO v, FERROCARRIL
DE BUENOS AIRES AL PACIFICO
NACIONALIDAD,
RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena, Cuestiones de haeho y prueba,
SOCIEDADES ANONIMAS,
Habiéndose decidido en la sentencia recurrida que la demandada es una sociedad añór ima organizada y constituída en Inglaterra con capitales británicos, gobernada por un directorio con residencia en Londres, donde también se reúnen sus asambleas, y siendo estas conclusiones irrevisibles por la Corte Suprema en el ejercicio de su jurisdicción extraordinaria, debe coneluirse que dicha sociedad es de nacionalidad extranjera.
JURISDICCIÓN: Fuero federal. Por las personas. Distinta macionalidad. — Distinta recivdad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajeno, Cuestiones de he cho y presha Siendo irrevisible por medio del recurso extraordinario la conclusión de la sentencia apelada según la cual está probada la nacionalidad extranjera del endosante de los doeumentos invnendos por el actor como fundamento de su neción, y establecida la nacionalidad extranjera de la sociedad anónima demandada, no proecde el fuero federal por razón de las personas invocado por esta última, JURISDICCIÓN: Fuero federal. Por las personas. Distinta maciomalidar, El demandado extranjero nue invoca el fuero federal por razón de distinta nacionalidad. debe probar que tanto el actor como el endosante de los documentos en que se funda la acción son argentinos.
FALLO DE La Corte De Jusrieia San Juan, 14 de abril de 1941, Vistos: Estos autos para eonocer de los recursos de ape
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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:164
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-164
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