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Fallos: 191:186 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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186 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Termina pidiendo que se siga la ejecución por el saldo de la deuda y anuncia que presentará una nueva liquidación.

A fs. 79 presenta esa liquidación, según ln cual la deuda se reduce a $ 234.909,15 m/n. descompuesta en las siguientes cifras: luz particular $ 201.032,85 m/u.; fuer za motriz $ 27.996,30 m/n.; eventuales $ 5.880,00 m/n., y E Considerando:

1° Que de acuerdo con la ley general N" 3967, de construcción de obras de salubridad en las provincias, entre el gobierno de la Nación y el gobierno de Santiago del Estero se celebraron los siguientes contratos: a) El del 27 de marzo de 1903 sobre instalación de aguas corrientes; b) El del 10 de octubre de 1907 sobre su ampliación con los servicios de cloacas; e) El del 97 de diciembre de 1917 de ampliación y mejora de los mismos e instalación del servicio nuevo de corriente eléctrica para luz y fuerza motriz; d) El del 2 de agosto de 1920 para instalar los servicios de aguas y suministros de corriente eléctrica en La Banda; todos autorizados por las respectivas leyes nacionales y provinciales, según consta de los autos.

2" Que en estos convenios, efectivamente, se estab blecía que las propiedades del gobierno o de la munici palidad destinadas al servicio público, que no producían renta o que no recibían los beneficios de la Lotería, Ei no pagarían los servicios sanitarios ni de alumbrado E público, debiendo previamente ser designadas por acuerdo de ambos gobiernos.

f 3 Que también se estableció que los servicios de | energía eléctrica, o sen luz y fuerza motriz particulares, La debían ser pagados por el gobierno, referidos a sus E propiedades y a propiedades ajenas que ocupara con sus oficinas, siempre que' estos servicios hubieran sido ñ E

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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:186 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-191/pagina-186

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