su FALLOS DE LA CORTE SUPREMA devuélvanse, reponiéndose el papel en el juzgado de origen.
Roveuro Rererro — Antonio Sa
GARNA — Luis Linares — B.
A. Nazan AxcHoresa — F.
Ramos Mesía.
S. A. VITIVINICOLA Y COMERCIAL GUTIERREZ Y DE b LA FUENTE v. PROVINCIA DE SAN JUAN DEMANDA: Efectos.
LITIS CONTESTACION.
5 La demanda y la contestación fijan las enestiones accrea de las cuales debe versar la prueba, la disensión de la causa y la sentencia.
DEMANDA: Efectos,
FALTA DE ACCION,
LITIS CONTESTACION,
Es procedente la falta de acción opuesta en la contestación a la demando y fundada en que el pago de los impuestos cuya repetición se persigue no aparece efectuado por el aetor sino por una sociedad de la que aquél no dijo en la demanda que fura cesionario; aunque al advertir su omisión ante la defensa invocada por la parte contraria, haya pretendido tardíamente subsanarla mediante la producción «e praebas tendientes a ese fin.
DICTAMEN DEL Procruanor GENERAL
Suprema Corte:
La cuestión constitucional planteada en estos autos, coincide en sus líneas generales, con la resuelta por V. E. en 181:354 , 183:19 , noviembre $ de 1939 (M, 155), y julio 15 del corriente año CD. 183). Si la Corte man
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:484
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