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Fallos: 190:216 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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E E + 216 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA E Y Considerando:

h: Que la patente del demandado, N" 34.204, le fué eonecdida
A — yA AA
a misma referentes a formalidades exigidas por ella (véase el informe de la Comisaría del ramo, que corre a fs. 161), Que, como con acierto lo hace notar el señor juez a quo, en su sentencia de fs. 139, de las constancias de autos resulta TT] o que , e: en le República va patente de invención Ne aizos en ninguna de las previsiones del art, 46 de la citada e pa 111 puede ampararse la pretensión del actor (conf.

E Que finalmente, toda la impugnación que desarrolla contra la sentencia el actor en su expresión de agravios de fs. 144 a 156 ha sido suficientemente rebatida en el escrito de contestación a la misma que hace la parte demandada a fs. 157-159 vía., lo que exime al Tribunal de su análisis erítico.

Por estos fundamentos y los de la sentencia de fs. 139, se la confirma, con costas. — Carlos del Campillo. — J. A.

González Calderón, — E. Villar Palacio, DicraMeN DEL Procuranor GENERAL Suprema Corte:

He aquí la cuestión debatida. El propietario de una patente de invención francesa patentó el mismo invento en la Argentina, sin mencionar en tal oportunidad su registro anterior en aquel país. Años después otra persona solicita se declare nula la patente argentina por haberse omitido dicha declaración al obtenerla. El Juez y la Cámara han rechazado la demanda, y con tal motivo se trace recurso extraordinario ante

V. E.
Por lo que respecta a su procedencia, haré notar que si bien el debate giró en torno a la interpretación de ciertas disposiciones de la ley N" 111, en el fondo

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:216 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-190/pagina-216

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