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Fallos: 19:407 de la CSJN Argentina - Año: 1877

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Pidió, entablando tercería de dominio, se declarase ser de su propiedad la mencionada zapateria que debia ser inmediatamente desembargada.

Corrido traslado, Miró dijo que no le constaba la verdad de los hechos en que se fundaba la terceria, por lo que pedia se recibiera la causa á prueba.

El ejecutado Don Felipe Santero, contestó que era cierto que habia vendido lo zapateria ú los hermanos Cervetti, hacia mucho tiempo, y que la ínfima suma que le produjo la venta fué empleada en pagar deudas que tenian su orígen en obligaciones contraidas para atender ú sus necesidades, entre las que habia un crédito á favor de los mismos Cervetti, Con la prueba producida se dictó el Fallo del Juez de Seccion Buenos Aires, Agosto 22 de 1677.

Vistos: estos autos seguidos por los señores Cervetti Hnos.

deduciendo tercería de dominio en los autos ejecutivos que D), s Federico Miró sigue contra Don Felipe Santero, y de que resulta:

1 Que los señores Cervetti Hnos. compraron en Febrero de 1876 la zapatería que dicho Santero tenia en el pueblo de Belgrano, segun consta de la ascritura privada corriente á foja 56, y de los avisos publicados en los periódicos adjuntos de foja 1 á5.

2" Que habiéndose embargado dicha zapateria en Octubre del mismo año, por denuncia del señor Miró, los señores Cervetti Hnos. se presentaron pidiendo que en vista de los títulos acompañados se declarase ser de su propiedad y no de Santero la mencionada zapatería, y en su consecuencia se levantara el embargo.

3" Que corrido traslado de la terceria, Santero confirma la

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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:407 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-19/pagina-407

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