una obligacion mientras no ha sido pagado el capital y los intereses (artículos diez y siete, veinte y uno, y cincuenta y seis título «Del pago», Código Civil): que la hipoteca no tiene otro objeto que asegurar el cumplimiento de la obligacion, tal como ha sido contraida, y que la disposicion del artículo cuarenta y uno, título citado, no tiene aplicacion en este caso, por no tratarse de una deuda de cuerpo cierto; se revoca por estos fundamentos la resolucion mencionada, y satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvanse.
JOSÉ BARROS PAZOS.—J. B. GOROSTIACA.
—J. DOMINGUEZ.— S. M. LASPIUR.
Dei
CAUSA LXXVI.
D. Leopoldo Guerra, contra los herederos de Marcelino Zavala, por desalojo; sobre competencia.
Sumario. — La trasmision de la propiedad de una cosa por precio cierto constituye compra-venta, y esta confiere al comprador derechos que pueda hacer valer en juicio como propios y originarios. MT T. E. 12
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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:177
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