Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 185:73 de la CSJN Argentina - Año: 1939

Anterior ... | Siguiente ...


BONFANTI Huos, v. FERROCARRIL CENTRAL
ARGENTINO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva.

No procede el recurso extraordinario contra la providencia que no contiene decisión referente al fondo del litigio oportunamente resuelto por la Corte Suprema y que 10 puede, por lo tanto, ser considerada modificatoria del fallo de dicho Tribunal (').


SOCIEDAD ARROCERA SACOS. A. v. ADUANA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Casos, Juicios en que la Nación es parte.

El recurso ordinario de apelación que establece el art. 3.

ine. 2 de la ley N° 4055 procede con prescindencia del carácter de parte actora o demandada que corresponda a la Nación y debe ser concedido tanto a ésta como a quien litiga contra ella.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, octubre 27 de 1939.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presente causa seguida contra la Sociedad Arrocera Saco S. A. y en la cual la sentencia recaída decide declarar en comiso las mercaderías introducidas en franquicia condicional e imponer a la firma mencionada una multa de $ 12.000 m|n., sin perjuicio de los derechos debidos al fisco —fs. 22, 198 y 258— encuadra en el supuesto que prevé el inc. ?° del art. 3" de la ley 4.055. ° — (0) Feea del fallo: octubre 27 de 1939, ,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

75

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1939, CSJN Fallos: 185:73 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-185/pagina-73

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 185 en el número: 73 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos