hechos y fundamentos legales en que se apoya el deeretoMeabe son inexactos o erróneamente apreciados, Ofreee información testimonial para probar la eindadanía argentina y el domicilio en la Capital Federal de Alió y Gómez Molina; información aceptada y recibida n fs.
43 y 44, con lo enal se declaró acreditado el fuero, en enanto Imbiera tugar en derecho y sé corrió traslado de ley ada Provincia de Buenos Aires — Es. 44 vta. a 48, 7) Que em el poder de Es, 52, el doctor Adolfo Bioy en nombre de la Provincia de Buenos Aires, ent testa la demanda a fs. 54 y, en el Cap. IV, niega competencia originaria a la Corte porque la nulidad del deereto de diciembre de 1931 que se alega, importa una enestión contencioso administrativa que solamente a los tribunales de la Provincia ineumbe resolver, El Interventor que dictó ese deereto era el representante del Gobierno de Facto que la Corte reconoció en su aenerdo de 10 de setiembre de 1930 y, en eonsecneneia, ademís de los atributos de un comisionado ordinario, tenía los del Gobierno de que emanaba, La justicia no puede deelarar la validez o invalidez de un contrato celebrado por el P. E. fandándose en el Código Civil exclusivamente, como lo ha deelarado Ia Corte en los ensos que regis.
tra la "Goreta del Foro", t. 118, pás. 347 y t, 104, págs.
111 y 117. Después de sostener que hay notoria inconernuencia en el actor enando afirma que el decreto Menbe es nulo porque es inconstitucional y es inconstitucional porque viola la propiedad privada y la libre defensa en juicio, pues "declara la nulidad de una ley y ya ésta no existe mientras que la inconstitucionalidad es sólo para el determinado caso resuelto pero la ley sigue vaLiendo" (Cap. VID) afirma que el actor no ha sido pri vado de libre defensa, pues ha podido impugnar como lo hace ante la justicia con todas las garantías legales, el decreto que conceptúa injusto,
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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:86
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