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Fallos: 182:504 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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pago de lus sumas que éste debe restituir por haberla cobrado indebidamente.

Juicio: Fisco Nacional v. Besana Pablo y otros sobre cobro de pesos.

Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 26 de 1938.

Y Vistos: Los autos caratulados "Gobierno de la Nación contra "Pablo Besana y Hermano", Besana Pablo y "Pablo Besana e hijos", sobre cobro de pes0x", venidos por los recursos ordinarios de apelación concedidos a fs. 1169 y 1178, contra la sentencia de la Cámara Federal de fs. 1164, y a fs. 1175 vta., 1176 :

vta, y 1177 via, contra el auto de fs. 1172; y Considerando :

Primero: Que los antecedentes que deben ser examinados en este voluminoso expediente son los siguientes:

1° Por ley X° 3187, de noviembre 20 de 1894, se autorizó al Poder Ejecutivo "para invertir hasta la suma de seis millenes de pesos moneda nacional, en —, cuotas de cien mil pesos mensuales, en la construcción de la Causa del Congreso", en la manzana comprendida entre las enlles de Entre Ríos, Victoria, Pozos y Rivadavia adquirida con ese objeto.

El Poder Ejecutivo debía adoptar los planos, autorizar el proyecto respectivo y designar una comisión de la que debían formar parte un senador y dos diputados por lo menos, ehcargada de enrrer con todo lo relativo a esn construeción (pág. 3 del folleto agregado a fs. 189 de estos antos).

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:504 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-504

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