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Fallos: 182:364 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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MULTAS — IMPUESTOS INTERNOS — DEFRAUDA-

CION — RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN:
IMPROCEDENCIA.
Sumario: 19 Es de carácter penal la multa impuesta por una defraudación prevista en la ley de Impuestos Internos, 29 No procede el recurso ordinario de apelación contra las sentencias pronunciadas por la Cámara Fede ral de La Plata en asuntos de naturaleza penal, pues aquéllas enusan ejecutoria, Juicio: Riscossa Hermanos v. Impuestos Internos.

Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 5 de 1938.

Autos y Vistos, Considerando:

Que en las presentes actuaciones se ha debatido una cuestión de naturaleza penal, a saber, si los Sres.

Riscossn Hermanos han cometido la defraudación que les imputa la resolución administrativa de fs. 38, y de que los abhsuelven el Sr. Juez y la Cámara Federal de La Plata, a fs. 96 y 117 respectivamente, Confrontar Fallos T. 162, pág. 224.

Que de acuerdo con la doctrina de esta Corte en el caso precedentemente citado, el espíritu del art. 4 de la ley N° 7055, conduce a concluir que el aumento a cinco, de los miembros de las Cámaras de cirenito, hace inapelable sus resoluciones en materia criminal, Pues si bien el texto citado se limita a establecerlo así respecto de la de la Capital, la vinculación de tal medida, según la letra y fundamento del artículo de que se trata,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-364

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