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Fallos: 181:239 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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pónganse las fojas, devuélvanse las actuaciones administrativas agregadas od effectum videndi y oportunamente archívese, — Eduardo Sarmiento.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, 19 de junio de 1938.

Y Vistos estos autos seguidos por Septimio Mastronardi contra la Nación por cobro de pesos, y Considerando :

Que traída por vía de apelación a este Tribunal la excep ción de proverivión del art, 4027 del Código Civil, apoyándose en los mismos argumentos que se hicieron valer en primera instancia y considerando ajustada a derecho la sentencia dictada, cabe declarar a este respecto que la excepción opuesta no puede prosperar.

Que en cuanto a la tesis sustentada por el Señor Procurador Fisenl, respeeto a las atribuciones del Jefe de la Administración de la Aduana de la Capital para suspender al emplendo Mastronardi y sobre cuyas consecuencias le estaría vedado al Poder Judicial pronunciamiento alguno, cabe expresar que si bien es verdad que de conformidad con lo que dismue el art. 86 de la le" fundamental, el Presidente de la Nación nombra y remuev. a los emplendos de la administración enya designación no esté reglada de otra manera por la Constitución, es de advertir, sin embargo, que, en el enso de autos, no se ha demostrado que Mastronardi fuera separado del cargo en virtud de un acto emanado del Poder Ejecutivo.

Que por lo demás ústa es la doctrina que conssera el Fallo de este Tribunal dado en la emusa Meniopoli Aculfo contra Administración de los Ferroenrriles del ado en mayo 5 de 1937, En st mérito y por sus fundamentos se confirma la sentencia apelada. Con costas. Devuélvase y repóngase las fojas en primera instancia. — Juen A González Calderón — Ricardo Villar Palacio — Carlos del Campillo — Ezequiel S.

de Olaso.

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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:239 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-181/pagina-239

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