Looney, Attorney General of the State of Texas v.
Crane Company (245 U. S. 178) y Alpha Portland Cement Company v/. Commowealth of Massachusetts 268 U. S. 203) en los que se decidió que la imposición de una tasa a una corporación autorizada fuera del estado, que se basaba en su capital, hecha por otro estado, en el cual sólo una pequeña parte de su propicdad está situada, y aunque sea pequeña la proporción de sus negocios, es inválida por afectar la cláusula constitucional del debido proceso, al pretenderse gravar la propiedad allende los límites de la jurisdicción del estado, y no obstante que sea pequeña la tasa máxima imponible, En este fallo se rectificó la aparente doctrina del caso Baltic Mining Company v/, Commonwealth of Massachusetts (231 U, S, 68) en el que pareció aceptarse la validez constitucional de una tasa por ser muy pequeña, aun cuando ella afectara el comercio interestadual y alcanzara a la propiedad existente fuera del estado, pues según dijo el justicia Me Reynolds, que expresó la opinión de la Corte: °Pesando todas las circunstancias, la Corte concluyó que ningún gravamen sustancial era impuesto sobre el comercio interestadual y sobre la propiedad existente allende el estado. Por eso dijo que no era aceptable la teoría contraria sacada del fallo Baltic Mining Company v. Commnonwealth of Massachusetts, en base de que la taza fuera relativamente pequeña, porque, aun así, esa teoría no nrmoniza con los principios aprobados en el enso Looney, Attorney General of the State of Texas v. Crane Con pany y fué expresamente rechazada en el Alpha Portland Cement Company v. Commonwealth of Massachusets.
3" — Que, ello no obstante, de la prueba de la parte actora, consistente en las boletas agregadas a fs. 5, 6,
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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:95
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