FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, octubre 20 de 1937.
Y Vistos: Los de jurisdicción originaria deducidos por Estancias y Colonias Badenia contra la Provincia de Santa Fe, por insconstitucionalidad de impuesto establecido en la ley de patentes, de cuyo estudio resulta:
y Que a fs. 12 se presenta D. Roberto E. Rubens por la actora y expresa que su representada es una socio.
dad anónima que funciona en la Capital Federal, autorizada por el P, E, en 1918. Tiene por objeto la explotación agropecuaria y del comercio e industrias derivadas de esa producción, pudiendo tener toda clase de establecimientos rurales, campos y otros bienes inmuebles art. 1), tiene su domicilio en esta ciudad, sus estatutos no autorizan el funcionamiento de sucursales y tie.
ne un capital de cinco millones de pesos moneda nacional. Dice que es propietaria de campos en la Provincia de Córdoba, donde estún sus establecimientos principales y que uno de ellos se extiende hasta la Provincia de Santa Fe, donde tiene 5.403.900 metros cuadrados, cuya propiedad está avaluada en $ 160.000 y abona por contribución directa $ 1.000 al año, Que la sociedad no tiene agente representante ni oficina alguna en Santa Fe y que el campo que ullí existe se utiliza como un potrero más del establecimiento existente en Córdoba.
Que, a pesar de ello, su mandante ha sido clasificada a los fines del pago de la patente establecida en el art, 18 de la ley de pate de la provincia, que dice: "Los negocios catión la provincia pagarán el im.
puesto de patente arreglo a la siguiente escala:
393, Sociedades Territoriales o Compañías de Tierras y Anónimas, que no ejerzan un ramo comercial o in
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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:89
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