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Fallos: 179:135 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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Considerando: Que el señor Carlos Aubone demanda a la Nación por cobro de la suma de $ 7.520 min., importe de los sueldos correspondientes al cargo de vocal civil de la Comisión Administrativa de la Intendencia de Guerra, que afirma haber desempeñado desde el 29 de marzo de 1931 hasta el 15 de abril de 1932, fundado en que el cargo de referencia tiene carácter militar por asimilación, por lo cual no le aleanza lo dispuesto en el art.

22 de la ley N" 4349, contrariamente a lo resuelto en el expediente administrativo en el cual, considerándolo como empleado civil, se le conminó a optar entre el desempeño del cargo de vocal y el goce de la jubilación civil que le había sido acordada oportunamente.

Que la Corte Suprema ha resuelto en diversos casos que los vocales civiles de la Intendencia de Guerra revisten carácter militar por asimilación, pues tal calidad les ha sido expresamente acordada desde la creación de esa institución según lo dispone el art. 10 de la ley N" 3305 (Fallos: t. 77, púg. 319; t. 82, púg. 268 y 275; t. 114, pág. 193).

Que este Tribunal también ha resuelto que si bien la asimilación no daba derecho al estado militar según la ley N° 3305, ésta fué modificada en esa parte por el art. 16 del título II de la ley N° 4707 asignándoles claramente estado o carácter militar, disposición que no ha sido derogada por la ley N° 9675 (Fallos; t. 174, púg. 431).

Que contrariamente a lo que se afirma en la contestación a la demanda, la ley de presupuesto para el año 1909, que lleva el N° 6287, al crear el cuerpo de administración y al mencionar por separado en el Anexo F., inciso 7 Intendencia General de Guerra, ítem 1,

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-179/pagina-135

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