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Fallos: 178:446 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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pagor un impuesto de patente con efecto retroactivo y se le impuso una multa equivalente n veinte veces su valor, y pide, en consecuencia, que se la condene a devolver las sumas percibidas, con más los intereses y costas, Que en noviembre de 1935, César Aldo Flores denunció que su mandante había violado la ley de patentes por haber ejercido el comercio en el ramo de mercaderías generales que comprende máquinas durante los años de 1932, 1933 y 1934 sin estar provisto de la patente correspondiente. Que, ante esta denuncia, la Dirección de Rentas pidió informe a la Contaduría, la que manifiesta que, efectivamente, Sánchez Fernández había vendido a la Provincia durante 1932, $ 84.914.34 moneda nacional en artículos varios, y en 1933 por valor de $ 7.932,65 m/n, Que con este informe, la receptoría declaró que la denuneia era fundada, y, tomando como capital en giro el valor de lo vendido, resolvió aplicar al denunciado una patente de acuerdo al art. ?, letra e) de la ley provincial N" 219 del 30 de diciembre de 1926; la cual hace ascender por el año 1932 a $ 1.019 m/n. Sobre esta suma se le carga, además, una multa de veinte veces su valor, alcanzando la condena a $ 21.399 m/n.

Que el mismo procedimiento se siguió para liquidar la del año 1933, llegando con la multa a la suma de $ 5.250 m/n.

Que con estas liquidaciones, se inició el juicio de apremio por $ 26.649. mn. contra su poderdante, embargándoscle bienes por valor de $ 28.000 m/n. Que, por su parte, opuso la inconstitucionalidad del impnesto y de la multa y subsidiarinmente la prescripción de esta última fundado en el art. 62. ine. 5" del Código Penal.

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:446 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-178/pagina-446

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