JURISDICCION — PRORROGA,
Sumario: Prorroga la jurisdicción quien, sin formular salvedad alguna, absuelve posiciones en el juicio que se le sigue ante el juez respecto del cual ha promovido euestión de competencia por inhibitoria, Juicio: Marcelino de Micheli (h.) v. Mereedes Piñero Pacheeo de Gondra, s. cobro de pesos. Contienda de competencia.
Caso: Ante el Juez de 1 instancia en lo civil y comercial :
de Rafaela (Prov. de Santa Fe), don Marcelino de Micheli (h.), demandó a Da. Mereedes Piñero Pacheco de Gondra por cobro de $ 4.120,50 m/n, provenientes de escrituras públicas y pagos efectuados por cuenta de la demandada.
Notificada de la demanda por exhorto diligenciado en esta Capital, la señora de Gondra promovió enestión de competencia por inhibitoria ante el juez en turno de la Capital Federal.
Trabada la contienda entre ambos jueces, correspenas dilucidarla a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
DicraMeN DEL Procuraor GENERAL Suprema Corte:
Los litigantes pueden adoptar tanto la vía inhibitoria como la declinatoria para resolver los conflictos de competencia que puedan suscitarse, "El que hubicre optado por uno de estos dos medios, no podrá abandonarlo y recurrir al otro", dice el art. 412 del Código de Procedimientos en materia civil y comercial de la Capital, de aplicación supletoria en lo federal, atento lo dispuesto por el art. 1" de la ley de reformas N" 3981.
Pero ello no importa que, quien ha opuesto algunas de
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Año: 1937, CSJN Fallos: 177:39
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