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Fallos: 175:98 de la CSJN Argentina - Año: 1936

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Roca), como autor del delito de hurto y corrupción, delitos cometidos en el pueblo de Cipoletti, jurisdicción del expresado territorio ei día 10 de mayo del año 1932.


CRIMINAL — HOMICIDIO
En la causa criminal seguida contra Martin Blanco y Félix Benftez por el delito de homicidio perpetrado en la persona de Antonio Méndez y Méndez en "La Tambora", Departamento de Quitipaldi de la Gobernación del Chaco, acontecido el 5 de Julio de 1929, el Juez Letrado de dicho Territorio condenó a los procesados a sufitr ocho años de prisión, costas y accesorias legales, sentencia que fué confirmada respecto de la calificación del delito y reformada en cuanto a la pena que fijó en la de doce años de prisión. Elevados los autos a la Corte Suprem., el Tribunal con fecha 13 de abril de 1998, reformó 1 su ves, el fallo apelado imponiendo a los processdos la pena de veinte años de reclusión, dado que el detito de homicidio para robar tiene pena de reclusión perpetua —inciso 3 del artículo 80 del Código Penal— y.

en consecuencia, los cómplices sub-causa tienen reciusión de quince a veinte años, debiendo tenerse en cuenta la nocturnidad, el despoblado y la concurrencia de varios en el delito.


CRIMINAL — HOMICIDIO
Con fecha 15 de abril de 1936 fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelación de Paraná, que condenó a Ramón :

Cáceres a sufrir 15 años de prisión, costas y accesorias legales, en vez de la de doce años de la misma pena que 1

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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:98 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-175/pagina-98

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