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Fallos: 175:316 de la CSJN Argentina - Año: 1936

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316 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 29 de 1936.

Y Vistos: El recurso extraordinario interpuesto por la S. A. "La Toja" en el juicio sobre nulidad de marea de comercio, contra la sentencia de la Cómara Federal de la Capital en que se resuelve una cuestión dilatoria de previo y especial pronunciamiento; y Considerando :

Que según el art. 18 de la ley N° 4055, correlacionado con el 6" y el 14 de la N" 48, corresponde sólo el recurso extraordinario contra las sentencias definitivas pronunciadas por las cámaras de apelación del fuero federal, no revistiendo ésta tal carácter por cuanto se limita a resolver una articulación previa al juicio, y que no afecta el fondo de la cuestión propuesta.

Que la sentencia de que se trata establece únicamente la oportunidad en que una defensa puede ser interpuesta sin que por ello pueda hacerse caducar o menoscabar en definitiva, ni menos irreparablemente ningún derecho de la parte actora. Por ello, el caso no está comprendido entre aquellos a que por excepción este Tribunal ha extendido la garantía del recurso extraordinario cuando lo admite respecto a señtencias o autos que no podrían llamarse propiamente definitivos, pero que, por determinada circunstancia o modalidad tienen un efecto irreparable o impiden la prosecución de la causa, como son los que a continuación se citan.

Fallos: t. 42, pág. 69; t. 100, pág. 157; t. 112, púg. 5; t. 118, púg. 490 y t. 165, pág. 199).

Que cualquiera que haya sido la jurisprudencia de

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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:316 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-175/pagina-316

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