Compañía Swift de La Plata (S. 4.) contra la Municipalidad de Lomas de Zamora, sobre devolución de dinero, Sunario: La Ordenanza Municipal de Lomas de Zamora del año 1925 que para cubrir mayores gastos de inspección creó un impuesto de cinco centavos por kilogramo de carne de cerdo, embutidos, etc. que sólo se aplica cuando esos productos proceden de fuera del municipio, es inconstitucional, pues afecta los principios de libre circulación y de igualdad consagrados en los articulos 10, 11 y 16 de la Constitución Nacional, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
La Plata, Mayo 4 de 1934.
Y Vistos: Resultando:
Que, a fs. 336, se presenta el procurador don Juan A. Antonetti por la Compañía Swift de La Plata S. A. Frigorifico desglose de fs. 353), demandando a la Municipalidad del partido de Lomas de Zamora por devolución de la suma de dos mil ochenta y siete pesos, con noventa centavos moneda nacional, con más sus intereses y costas.
Expresa que la demandada promulgó en el año 1925, la ordenanza general de impuestos, en cuyo capitulo 1 se establecía el monto de lo que se debía pagar por cada animal vacuno, porcino o lanar, sacrificado dentro del partido, y por cada animal porcino sacrificado fuera de él, pero introducido al mismo en trozos, embutidos, etc. Este texto fué mantenido hasta 1929, fecha en que se estableció un agregado que lo hace más amplio,
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Año: 1936, CSJN Fallos: 174:331
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