Aunque así no fuera, por los fundamentos de la sentencia de fs. 326 y consideraciones concordantes sostenidas por el Ministerio Fiscal, correspondería la confirmación, en todas sus partes, de la expresada sentencia condenatoria dictada en esta causa seguida contra Yaeger Andrés y otros, sobre contrabando, Lo que, en su enso, asi pido a Y. E. se sirva resolver. Con costas.
Buenos Aires, Marzo 6 de 1935.
Horacio KR. Lurreta
FALLO DE LA CONTE SUPREMA
Buenos Aires, Junio 17 de 1935.
Y Vistos:
Los de la causa contra el capitán, encargado y propictario «el vapor Elda por contrabando; venidos en tercera instancia ordinaria por recursos de nulidad y apelación interpuestos contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de Paraná que aplicó a los dueños del citado vapor una multa igual al importe de la mereadería declarada en comiso—fs. 326; y Considerando :
Que la sociedad anónime: "Toha", invocando titulo de propietaria de la embarcación infractora, solicitó y consiguió intervención en el presente juicio, desde la primera instancia judicial —fs. 144; y, en consecuencia, el fallo le afecta directamente.
pres ha de soportar la nave el pago de la multa en el caso de que el capitán o encargado no lo hicieren; y le alcanza, por ello, la facultad de recurrir en tercera instancia que menciona el ine, 2 del art. 3" de la ley N° 4055, no siéndole aplicable la doctrina «el caso resuelto por esta Corte Suprema y registrado en el tomo 139,
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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:91
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