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Fallos: 172:369 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Planteado el problema en estos términos, la solución hay que buscarla en la adecuada apreciación de los dos factores que dehen someterse a examen: beneficio recibido y contribución impuesta, Si el primero fuera notoriamente excedido por la segunda, se produciría una exacción que autorizaría al particular a pedir que se le eximiera de la contribución impuesta, Por el contrario, si el beneficio fuera superior a la contribución, resultaria el particular aprovechando de una obra costeada por Es comuni dad. Es una cuestión de medida que los tribunales deben resolver (Fallos: T. 168, pág. 250; Terrile v. provincia de Tnenos Aires, Diciembre 18 de 19331, En el caso "sub judice" en que deben ser aplicados los principios que dejo relacionados, el actor sostiene que el gravamen que se le impone es exorbitante y absorbe una parte considerable del valor de la superficie afectada al pago del pavimento. Esta afirmación no ha sido comprobada en antos. En efecto, de la prueba pericial rendida de conformidad de partes, surge: a) que la pavimentación de la Avenida Cincuentenario ha valorizado las tierras que dan frente a la misma por el mejoramiento de los medios de comunicación, aun cuando esa valorización se ha visto interrumpida por la paralización que afecta a las tierras de Mar del Plata, como a las de todo el país, siendo que la valorización se opera en forma paulatina y a medida que las tierras se van sub dividiendo; by que sí bien en el momento actual no sería posible la subdivisión de las tierras, los terrenos con frente a la avenida tendrán gran porvenir en cuanto el puerto de Mar del Plata entre en funcionamiento; €) que los terrenos circundantes 2 la avenida no han disminuido en su valor, lo que implica una valorización, dado que todos los terrenos han tenido en Mar del Plata como en otras partes, una merma de valor, que en muchos casos ha llegado al 50 de su valor anterior,

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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-172/pagina-369

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