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Fallos: 172:268 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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ra Fuderal de la Capital en lo principal y la revocó en cuanto díspone el pago de intereses. Elevados los autos a la Corte Suprema, el tribunal, con fecha 6 de Febrero de 1935, confirmó, a su vez la sentencia rectrrida.

En el sumario instruido a Jestis Otero, chanfreur de la Em bajada de la República Oriental del Uruguay, por lesiones a Jo sé Reiter en un accidente de tráfico, la Corte Suprema, con fe cha 7 de Noviembre de 1934, de conformidad con lo pedido por" el Procurador General declaró la competencia originaria del tribunal para conocer en el mismo, y con fecha 7 de Febrero de 1935, falló in eausa decretando el sobrestimiento definitivo del procesado, con la declaración de que el proceso no afecta su buen nombre y honor, en razón de que no aparecia de las actuaciones practicadas ante el tribunal, ni de las constancias del sumario, remitido por la Policía de la Capital, eireunstancia alguna que acre.

«Biten la culpabilidad o imprudencia del procesado, Cen fecha ocho de Febrero de mil novecientos tremia y enco, fué confirmada eu todas sus partes, la sentencia prontincia«la por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, que condenó a Esperanza Aguiar, a sufrir la pena de diez y ocho años de prisión, accesorias legales y costas, en vez de la de veintidós años de la misma pera que le fuera impuesto por el Juez Letrado del Ferritorio Nacional del Chubut, como autor «el delito de homicidio perpetrado en la persona de Juan Luis, el día 5 de Noviembre de 1931, en el paraje denominado Lagnilleo, jurisdicción del expresado territorio.

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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-172/pagina-268

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