teniendo por motivo las informaciones que les han sido requeridas en ejercicio de las facultades atribuidas al Gohierno para hacer efectivo el contralor del comercio de carnes.
El segundo motivo del recurso en trámite se refiere a la impugnación que se hace a la ley 11.226 en cuanto afecta las garantias de trabajar y ejercer toda industria lícita, aseguradas por el art. 14 de la Constitución y también la garantía de inviolabilidad de la correspondencia privada que asegura el art. 18 de la misma Constitución, Con respecto a la impugnación que se relaciona con la garantia de trabajar y ejercer toda industria lícita cabe observar, ante todo, que la garantia constitucional que se invoca, como todas las que asegura la Constitución, está subordinada a las leyes que reglamenten su ejercicio, La restricción constitucional, según la doctrina uniformemente aceptada, se funda en el propósito de tutelar los intereses generales que son dentro de la orgunización del Estado superiores a los derechos individuales y pue ra ello el art. 67, inc. 28 de la misma Constitución confía al Congreso la facultad de dictar todas las leyes y reglamentos que sein convenientes para poner en ejercicios los poderes atribuidos al Gobierno de la Nación.
Es en ejercicio de esas facultades que el Congreso ha dictado la ley 11.226, que no destruye la libertad individual, sino "¡ue la condiciona a la necesidad de proteger la riqueza ganadera.
El comercio de carnes y la industrialización de las mismas, asume en la República una importancia considerable, que obliga a los poderes públicos a buscar el equilibrio de todos los intereses vinculados a est comercio. Las empresas industrializadoras por la forma en que actúan ejercen un verdadero monopolio en cuanto a la preparación de los productos y subproductos, de manera que el contralor gubernativo debe ejercerse para asegurar el lihre juego de todos los intereses, Los antecedentes de que se ha hecho mención en estos autos y que no creo necesario señalar
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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:352
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