Ministerio Fiscal contra Marcelo L. Gandola y otros, por contrabando, Sumario: Aún cuando el Ministerio Fiscal no apelara de la sentencia de primera instancia, debe considerarse abierto el recurso a su favor si en segunda instancia adhiere a éste a los efectos de que sea reformada dicha sentencia.
El empleado de investigaciones que procedió en cumplimiento de una orden del Juez Federal, no puede ser considerado como el aprehensor o denunciante a que alude el articulo 1030 de las Ordenanzas de Aduana a los efectos de participar en el comiso, Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
La Plata, Diciembre 20 de 1933.
Y Vistos:
La presente causa seguida a Marcelo Luis Gándola, de apellido materno Cagnoni, argentino de 32 años, soltero, alfabeto, guardalmacén de la Aduana, domiciliado en Ensenada calle Ortiz de Rozas 22; Pedro Juan Selva, de apellido materno Guarnieri, argentino de 35 años, soltero, electricista, alfabeto, domiciliado en Cambaceres, arroyo Doña Flora; José Luce, de apellido materno Silvestre, argentino, de 23 años, soltero, alfabeto, domiciliado en Ensenada calle Don Bosco N° 274; Pedro Yaher, de igual apellido materno, argentino naturalizado, de 25 años, soltero, "chauffeur", alfabeto, domiciliado en Ensenada calle La Merced N" 258; Julio Saghesse de apellido materno Marconi, argentino, soltero, de 26 años, pescador, domiciliado en Isla San
Compartir
73Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1934, CSJN Fallos: 171:326
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-326¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 171 en el número: 326 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
