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Fallos: 171:32 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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AUTO DEL JUEZ EX LO CIVIL
Buenos Aires, Septiembre 15 de 1933.

Autos y Vistos:

De acuerdo con lo que se solicita en el escrito de fs. 42:

siendo exacto lo que en el mismo se manifiesta acerca de la iniciación, trámites y estado de los autos; conforme a lo previsto en los articulos 475, 400, 401, 404 y correlativos del Código Civil; atento a lo prescripto en los articulos 410, 415 y 417 de la tey procesal y en virtud de lo dictaminado precedentemente por los señores Agente Fiscal y Asesor de Menores, librese el exhorto inhibitorio pedido, con los recaudos que se indican y en la forma que señala el artículo 417 del Código de Procedimientos. Rep.

la foja.

González Iramcin.

Ante: mi: Luis F, Jaen.


AUTO DEL JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL
Mercedes, Noviembre 18 de 1933.

Y Vistos:

Estos autos para resolver la cuestión de competencia planteada: Que por medio del exhorto de fs. 71 el señor Juez en lo Civil de la Capital Federal, doctor Nicolás González Iramain, Jibrado en el juicio de insania de Pedro Ciriaco Hita, promueve 4 petición de parte y previos los trámites de ley, cuestión de comqpetencia por inhibitoria, requiriendo del suscripto la remisión de estos autos, Resulta del aludido exhorto que aquel juicio fué iniciado por la esposa de Hita, doña Damiana Benicia Elichiri

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:32 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-32

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