Don Pedro Ciriuco Hita - Su juicio de insania. - Conticnda de competencia, Sumario: Es Juez competente para conocer en un juicio de insanía, aquél que conoció en los autos iniciados por la esposa del presunto demente, no pudiendo válidamente contraponerse el intentado posteriormente y ante otra jurisdieción por un tercero con poder del marido.
Caso: lo explican las piezas siguientes :
VISTA FISCAL
Señor Juez:
En atención a las constancias de autos, puede U. 5. hacer lugar a la inhibitoria planteada, Septiembre 14 de 1933.
Horacio Dobranich,
DICTAMEN DEL ASESOR DE MENORES
Señor Juez:
No tengo observación que formular a lo solicitado en el escrito precedente.
Septiembre 16 de 1933, Roberto Madero.
Compartir
71Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1934, CSJN Fallos: 171:31
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-31¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 171 en el número: 31 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
