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Fallos: 171:129 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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tregarlas a los que nada poseían. La naturalización del postulante, dijo la Corte, sería contraria al juramento que deben prestar los que solicitan naturalización, y sería violatoria del espíritu y principios sobre los cuales está fundado este gobierno y de los cuales depende la felicidad nacional" (Watson, "On the Constitution", vol. 1, pág. 61981 Fed. Rep. 355), Pero ¿cómo apliear esa doctrina, sin ley similar en su espíritu, en la Argentina, donde socialistas de diversos matices, varios de ellos naturalizados, forman parte, desde hace más de treinta años, de su Poder Legislativo Nacional, algunas legislaturas provinciales y de cuerpos deliberantes municipales ? En su mérito, se revoca la sentencia recurrida en enanto ha podido ser materia de la apelación extraordinaria.

Hágase saber y devuélvanse.

ANTONIO SAGARNA,

DISIDENCIA DEL DR. LUIS LINARES
Y Vistos:

Los del juicio seguido por el Ministerio Fiscal contra Angel Rosenblat por cancelación de la carta de ciudadanía que le fuera otorgada de conformidad con fa ley N" 3467 causa venida en tercera instancia por recurso extraordinario interpuesto por el naturalizado contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital que dispone la cancelación de la carta de ciudadanía en mérito de las ideas o profesión de fe y afiliación comunista del recurrente; y Considerando :

1" Que los antecedentes del juicio en examen pueden resumirse asi: En 20 de Septiembre de 1929, Angel Rosenblat, de nacionalidad rusa, se presentó ante el Juzgado Federal a cargo

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:129 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-129

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