— 209 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE de.
CAUSA XXXIX.
ue E y Mueas y Montes contra D. Enrique tichon y Cia por cobro de pesos.
| Sumar :0 —V El articulo 221 del Código de Comercio haer resporsalde de trios los daños y perjuicios al autor de teudo hecho ó de toda omisión que enuse perjeeio A tro, aunque no haya mala 1ó de su parte.
Y Esua pr:neipie zeneral que los contratos deben eje entarse siempre de buen fé y obligan no solo á lo quese e-presa en rilos Maso, En mete de Febrero de 1574 Macias y Montes compraron á Enrique Dehioa y C° con nterveneion del corredor Gowlan, Koeh y E an vargamento de pino y enido en el buque Profetas a bordo según estilo de plaza, sien do por enenta del comprmdor los derectoss de importacion. riesgos y gustos de desembarque. y pazindero á seis meses, Pura la desenrya se concedió el término de 15 dins rorridos contados desde el simiente al que set estregise la órden, comprometicmlose el comprador 4 pagar al vendedor 50 Ffalinrios par enda din de demora que resuliase. En el con
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:262
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