TALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 7 de 1932.
Y Vistos:
El presente habeas corpus deducido en favor de Anibal Mejandro Botti, en el recurso extraordinario concedido a fs.
16, y por sus fundamentos, oído el señor Procurador General.
confirma la sentencia de fojas 9, Notifíquese y devuélvanse.
R. Guido Lavar.Le. —— JULIÁN V.
Pera, — Lris LINARES.
Georges Emile Desire Lepage, su vxtradición, a solicitud de las autoridades de la República de Francia.
Sumario: No existiendo tratado de extradición con Francia, y habiendo sido condenado el rco en rebeldia en ese país, circunstancias éstas que sólo alcanzan a considerarlo como un procesado con causa abierta, procede denegar el pedido de extradición formulado, si como resulta del caso, la acción pública se halla prescripta.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA UEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Agosto 3 de 1932. .
Y Vistos:
El pedido de extradición presentado por la Embajada de Francia de Jorge Emilio Desire Lepage. francés, de cuarenta
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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:50
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