190 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA NOTAS Con fecha dos de Diciembre de mil novecientos treinta y dos, fué confirmada por la Corte Suprema, la sentencia promunciada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital, la que confirmó, a su vez. la dictada por el Juez del Crimen. que no hacía lugar, con costas, a la excepción de falta de jurisdicción opuesta por el demandado en la querella que por calumnias e injurias sigue don Cirilo Grassi Díaz contra don Victor J. Guillot, en razón de que con arreglo a la jurisprudencia establecida por el Tribunal, los delitos «e injurias o calumnias cometidos por medio de la prensa, no E carecen de correctivo, y por interpretación del art. 32 de la Constitución Nacional, se ha reconocido la competencia de la justicia ordinaria en la Capital y la de la provirrcia en las que fueron cometidas en ella. (Fallos, tomo 153 pág. 195 : causa Ministerio Fiscal v|. Director de "La Fronda", de 25 de Juli de 1932 y proceso contra_Domingo Pérez. por desacito, de 9 de Noviembre de 1932).
En la demanda entablada por los señores Frank Edmundo y Edgardo Romero Day contra la Provincia de Mendoza, por repetición de la suma de $ 8839.95 min., pagada en concepto del impuesto establecido por la ley provincial número 854, que creó la Caja Obrera de Pensione: a la Vejez e Invalidez, la Corte Suprema con fecha dos de Diciembre de mil novecientoe treinta y dos, y en atención a que las circunstancias rela cionadas, establecian la absoluta analogía del juicio con los rea sueltos por el tribunal en diversas camas seguidas contra la misma provincia, por restitución de sumas de dinero provenientes de los mismos impuestos declarados inconstitucionales en E, aquellas eatisas, resolvió el juicio en definitiva, declarando que la
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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:190
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