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Fallos: 166:28 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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k : 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 3 la necesidad de la representación, corresponde aplicar la sanción del artículo 18, ley número 189, comprendiendo en a imposición de costas no sólo el monto de los honorarios de los peritos y el sellado de actuación. sino también los honoY rarios y derechos procuratorios que reclama el expropiado.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :

y SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO Resistencia, Noviembre 21 de 1930.

Y Vistos:

Estos autos seguidos por el Fisco Nacional contra los señores Harteneck, Proske y Cia., sobre expropiación, de los que resulta:

a) Que se presenta el señor Procurador Fiscal del Terri torio por el Gobierno de la Nación. demandando a los señores Harteneck, Proske y Cía. por expropiación del intgueble sito en le manzana 17, solar F. C. G. 1. y 1. compuesto de una superficie de 2836.27 mts. 2, con su correspondiente edificación, según consta en el plano que adjunta. Acompaña comprobante de depósito por $ 5.672.58 moneda nacional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Jey número 189. Pide se le dé posesión de la propiedad y se señale la audiencia dispuesta en el art, 6° de la citada ley.

hy Dado ecnocimiento de la acción, se presenta la demandada per medio de apoderado, manifestando su disconformidad con el precio ofrecido por el Fisco y planteando dos cuestiones: 1° si es caso de expropiación, y 2 de serlo cuánto debe abonarse a su mandante, de acuerdo a la ley. Que allánase a la primera

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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-28

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