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Fallos: 166:277 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Diciembre 31 de 1930.

Y Vistos:

Los promovidos por Policarpo Ruiz de los Llanos contra la Nación por cobro de pesos; y Considerando :

1° Que el actor manifiesta en su demanda de fs. 22 que la y Nación por intermedio de sus agentes, ha extraido más de cien mil metros cúbicos de piedra de siete canteras de un terreno de propiedad del actor, sín consentimiento de éste, -para utilizarla en la construcción del camino público que cruza su finca denominada Cuesta del Obispo o Tipal, en el Departamento de Chicoana, provincia de Salta. - :

Alude al fracaso de su reclamación administrativa tendiente a lograr el pago de la cantidad de ocho mil pesos moneda nacional, en que estima el valor de la piedra extraida y rebate diversas argumentaciones que formuló la administración nacional en el reclamo de referencia; sostiene que su caso no está regido por la ley provincial de Salta y afirma que ese derecho está reconocido por diversos artículos del Código Civil que menciona.

Solicita se condene a la Nación a pagarle el valor de la piedra extraida de sus canteras, el cual se determinará por apreciación pericial, con costas.

Contesta el señor Procurador Fiscal por la Nación, la demanda a fs. 29, expresando que el actor era principal interesado en la construcción del camino y ofreció verbalmente al ingeniero Cornejo toda clase de facilidades, entre ellas la provisión de piedra.

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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:277 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-277

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